Emergencia sanitaria COVID-19



ATENCIÓN A NUESTROS CLIENTES DURANTE LA CUARENTENA:

Durante la cuarentena el estudio seguirá atendiendo a sus clientes a través de contacto telefónico, correo electrónico, Whatsapp y/o videoconferencias.

La actividad en los tribunales se encuentra reducida a la atención de asuntos urgentes. Los plazos procesales están suspendidos y los juzgados no atienden al público.

Los procesos radicados ante el Tribunal General Arbitral de la Escuela Superior de Derecho y Práctica Forense (ESDePF) tramitan con normalidad aunque se dispuso la suspensión de plazos para la contestación de vistas y traslados alineando su cómputo con lo que dispongan las Acordadas de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación atiende pedidos de homologación de acuerdos en los términos del artículo 223 bis de la L.C.T..

Los plazos en la AFIP y ARBA se encuentran suspendidos.

La Inspección General de Justicia atiende trámites registrales relaciones con personas jurídicas que desarrollan actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.


SUSPENSIONES ARTÍCULO 223 BIS DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO:

Durante la vigencia de la cuarentena el Estudio está celebrando acuerdos transaccionales entre trabajadores y empleadores de supensión de tareas contra pago de compensación no remunerativa en sustitución de la remuneración normal y habitual equivalente al 75 % de esta última y sometiéndolos a la homologación de la autoridad administrativa del trabajo en los términos de la Resolución 397/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.